Los contratos se clasifican en: unilaterales y bilaterales; onerosos y gratuitos; conmutativos y aleatorios.
*Unilateral: aquel contrato en el que solo una de las partes se obliga, mientras que la otra parte no. Ejemplo: contrato de donación. Solo hay deberes más no derechos.
*Bilateral: son aquellos contratos en los que existe derechos y obligaciones para las partes contratantes. Ejemplo: contrato de compraventa.
*Onerosos: cuando a ese contrato se le fija un precio con materia u objeto del contrato.
*Gratuito: aquel en el que no se fija un precio por materia u objeto del contrato.
Además de estos existen otros como: consensuales, reales y formales; principales y accesorios.
*Consensuales: necesitan para que se perfeccionen o tengan validez el consentimiento de las partes contratantes.
*Reales: cuando ademas del consentimiento de las partes es necesario para su formacion el requisito de la entrega de la cosa.
*Formales: necesitan una solemnidad o formalidad para su validez.
*Principales: aquellos que tienen vida propia, sin que para su existencia dependan de otro contrato.
*Accesorios: los que no existen por si mismos, sino que dependen de un contrato principal. Por ejemplo: la prenda y la hipoteca.
*Unilateral: aquel contrato en el que solo una de las partes se obliga, mientras que la otra parte no. Ejemplo: contrato de donación. Solo hay deberes más no derechos.
*Bilateral: son aquellos contratos en los que existe derechos y obligaciones para las partes contratantes. Ejemplo: contrato de compraventa.
*Onerosos: cuando a ese contrato se le fija un precio con materia u objeto del contrato.
*Gratuito: aquel en el que no se fija un precio por materia u objeto del contrato.
Además de estos existen otros como: consensuales, reales y formales; principales y accesorios.
*Consensuales: necesitan para que se perfeccionen o tengan validez el consentimiento de las partes contratantes.
*Reales: cuando ademas del consentimiento de las partes es necesario para su formacion el requisito de la entrega de la cosa.
*Formales: necesitan una solemnidad o formalidad para su validez.
*Principales: aquellos que tienen vida propia, sin que para su existencia dependan de otro contrato.
*Accesorios: los que no existen por si mismos, sino que dependen de un contrato principal. Por ejemplo: la prenda y la hipoteca.