lunes, 29 de marzo de 2010

Patria Potestad.

Mientras el individuo no llega a la mayoria de edad se encuentra bajo la patria potestad. Esta es el conjunto de derechos que la Ley concede a los ascendientes sobre la persona y bienes de sus descendientes, mientras estos son menores.

Los ascendientes tienen sobre la persona de sus descendientes un derecho de protección. Este se traduce en la vigilancia que guardan y educación de los menores sobre sus bienes tienen un derecho de disfrute y administración.



Duración y efectos de la Patria Potestad.

La patria potestad subsiste mientras el hijo no llega a la mayoria de edad o se enmanzipa, o la muerte del que la ejerce.

Cosas que excusan el cumplimiento de la Patria Potestad.

1) Cuando tengan 60 años.
2) Cuando por enfermedad crónica no puedan atender su desempeño.

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