jueves, 1 de abril de 2010

Modalidades de las Obligaciones.

Obligaciones condicionales; aquellas cuya existencia o resolución depende de un acontecimiento futuro e incierto.

Obligaciones a plazo; aquellas para cuyo cumplimiento se ha señalado un día cierto.

Obligaciones simples; aquellas en las que no hay ni pluralidad de sujetos ni de objetos. Ejemplo: Mario debe a Pedro $100.00.

Obligaciones complejas; aquellas en las que hay pluralidad de sujetos o de objetos. Es decir, en las que hay varios acreedores o varios deudores, o varios objetos.

Obligaciones divisibles; son divisibles cuando tienen por objeto prestaciones susceptibles de cumplirse parcialmente. Por ejemplo: el pago de una suma de dinero, hecho a plazos.

Obligaciones indivisibles; aquellas que no pueden ser cumplidas sino por entero, ya que de dividrilas se alteraría la esencia de la obligación. Ejemplo: la entrega de una máquina de escribir.

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